Afirma el tribunal que "debe partirse del deber inexcusable del banco de mantener debidamente informados a sus clientes respecto del producto que van a contratar"
La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso que Bankinter presentó contra la sentencia de un Juzgado de Primera Instancia de San Javier que condenó a esta entidad por no facilitar una información "comprensible" a un cliente sobre los riesgos de una operación financiera.La sentencia de la Sección Quinta de la Audiencia, con sede en Cartagena, confirma así la condena impuesta a esta entidad bancaria, que le impuso la obligación de pagar casi 18.000 euros a un empresario que firmó con ella un contrato financiero conocido por "swap".
Afirma el tribunal que "debe partirse del deber inexcusable del banco de mantener debidamente informados a sus clientes respecto del producto que se les ofrece y van a contratar, debiendo abarcar dicha información una explicación 'comprensible' de sus ventajas e inconvenientes o riesgos".
Y añade que no debe limitarse a dar "solo una información mecánica con un cuestionario de adhesión 'prefabricado' y rellenado en la sucursal bancaria por ordenador y también de forma automática".
El tribunal añade que Bankinter no ha logrado demostrar que ofreciera al contratante, con estudios de formación profesional, documentación suficientemente clara para que éste comprendiera los riesgos a los que se exponía con la operación.







