La sentencia declaró como hechos probados que, además de los descuadres comprobados en la caja, en una ocasión faltaron cincuenta euros.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha respaldado la procedencia del despido de la empleada de un supermercado sobre la que se adoptó esta medida al observar descuadres en su caja en varias ocasiones.
La sentencia rechaza así el recurso que esta trabajadora de la cadena de supermercados presentó contra la resolución de un Juzgado de lo Social de Murcia que desestimó su demanda y declaró procedente su despido, efectuado en diciembre de 2011.
El Juzgado declaró, además, que no tenía derecho "al percibo de indemnización alguna, ni al devengo de salarios de trámite".
La sentencia, confirmada ahora por el TSJ, declaró como hechos probados que, además de los descuadres comprobados en la caja, en una ocasión faltaron cincuenta euros.







