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AUDIENCIA NACIONAL

El juez admite una querella por la venta de preferentes de Bankia

Efe Lunes, 10 de Junio de 2013 Tiempo de lectura:

Fernando Andreu rechaza actuar contra Ordóñez y Segura

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha admitido a trámite la querella que interpuso UPyD por la comercialización de preferentes de Bankia pero ha rechazado actuar contra el ex gobernador del Banco de España Miguel Ángel Fernández Ordóñez y el ex presidente de la CNMV Julio Segura.

El magistrado ha tomado esta decisión en contra del criterio de la Fiscalía Anticorrupción -que informó de que la comercialización de preferentes no constituyó delito- al entender que, aunque la vía civil y contenciosa puede ser más rápida y eficaz, este criterio "no puede servir de excusa para crear espacios de impunidad".

La querella del partido se dirigía además contra la filial Caja Madrid Finance Preferred y el que fuera su presidente Carlos Stilianopoulos; el ex responsable del contenido de los folletos de emisión de estos productos Fernando Cuesta y el ex director de finanzas corporativas de la entidad Carlos Contreras.

También contra Bancaja Eurocapital Finance y su ex responsable Aurelio Izquierdo y el ex director general de esta caja José Fernando García Checa, aunque era ampliable a "todos los consejeros y directivos de las anteriores entidades que hubieran intervenido, consciente y deliberadamente, en el diseño, implantación y comercialización" de las preferentes y otros instrumentos híbridos.

Sin embargo, Andreu cree que el propio escrito de la querella advierte y enumera "los informes, advertencias y recomendaciones" que los dos supervisores fueron realizando sobre las preferentes, por lo que "no procede" admitirla contra Fernández Ordóñez y Segura, al no haberse configurado "ni siquiera de forma indiciaria su participación" en los hechos.

Asimismo, entiende que la Audiencia Nacional es el tribunal competente para investigar los delitos denunciados por UPyD de estafa, estafa de inversores, apropiación indebida, publicidad engañosa, administración fraudulenta o desleal y maquinación para alterar el precio de las cosas.

En su auto, en el que forma una pieza separada de la causa principal sobre Bankia, coincide con el Ministerio Público en que "debe romperse el mito de acudir preferentemente a la vía penal", cuando se puede obtener respuesta más rápida y eficaz ante la vía civil y contenciosa".

También aprecia "la delgada línea que puede separar, en este tipo de hechos, el ilícito penal del civil, no es en absoluto descartable la existencia del primero y que la tutela judicial ampara a quien acude a los tribunales a fin de que se investigue si en el diseño, implantación, emisión, comercialización y gestión de estos productos financieros pudiera haberse incurrido en delito".

El magistrado señala que la investigación se encuentra en una fase inicial y que "de verificarse en fase de instrucción indicios racionales sobre la comisión de los hechos que son objeto de denuncia, no puede descartarse su relevancia penal y aún menos sin haberse efectuado un mínimo de actividad de instrucción sumarial".

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