Los jueces reconocen la "falta de diligencia" de la entidad en la custodia de los documentos
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Murcia ha condenado al Banco de Valencia a pagar el importe de los dos pagarés que perdió, que ascendía a 23.861 euros, según la sentencia que confirma la que el Juzgado de Primera Instancia número Diez dictó en febrero de 2012.
La sentencia señala que el perjudicado por el extravío de los pagarés demandó a la citada entidad bancaria, en reclamación de su importe, al no haber podido recuperarlos.
Tanto en el Juzgado como ahora en la Audiencia Provincial el banco insistió en su falta de responsabilidad en lo ocurrido, pero los tribunales no han estimado sus alegaciones.
La Audiencia es concluyente al señalar que "resulta evidente el extravío de los efectos por el banco cuando le fueron entregados para que procediera a su descuento conforme al contrato suscrito entre las partes; la propia entidad emitió una certificación reconociendo la pérdida, que debe ser atribuida a la falta de diligencia de la misma".
La sentencia, que condena en costas a la apelante, dice al desestimar su recurso que "el demandante debe ser tenido como tercero de buena fe, sin que pueda el banco excluir su obligación de pago de un efecto que había recibido al no constar connivencia con la parte endosante".







