El TSJ confirma una sentencia de un juzgado de lo Social
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por una mujer contra la sentencia que respaldó la negativa a concederle una pensión de viudedad porque cuando falleció su ex esposo habían transcurrido más de diez años desde la separación.
La sentencia señala que el Instituto Nacional de la Seguridad Social no atendió su solicitud de conseguir una pensión de viudedad por el citado motivo, por lo que acudió entonces a los tribunales.
El Juzgado de lo Social que entendió primeramente del asunto desestimó su demanda, lo mismo que hace ahora el TSJRM con el recurso de apelación que formuló contra la primera sentencia.
El tribunal señala que la peticionaria no reúne los requisitos exigidos por la Ley General de la Seguridad Social para tener derecho a dicha pensión.
Y añade que tampoco ha demostrado que haya sido víctima de violencia de género, por lo que no procede la estimación de su recurso.
La sentencia señala que el Instituto Nacional de la Seguridad Social no atendió su solicitud de conseguir una pensión de viudedad por el citado motivo, por lo que acudió entonces a los tribunales.
El Juzgado de lo Social que entendió primeramente del asunto desestimó su demanda, lo mismo que hace ahora el TSJRM con el recurso de apelación que formuló contra la primera sentencia.
El tribunal señala que la peticionaria no reúne los requisitos exigidos por la Ley General de la Seguridad Social para tener derecho a dicha pensión.
Y añade que tampoco ha demostrado que haya sido víctima de violencia de género, por lo que no procede la estimación de su recurso.

