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fiscalidad

Anulan la liquidación del impuesto sucesiones de un heredero murciano

Redacción Sábado, 07 de Diciembre de 2013 Tiempo de lectura:

La sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia dice que no se deben valorar genéricamente los inmuebles, además sin visitarlos, lo que implica que se desconoce su estado

La sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha anulado la liquidación del impuesto de sucesiones y donaciones a un heredero porque los peritos que tasaron los inmuebles no los vieron y en el expediente no aparece tampoco su titulación.

La sentencia señala que es criterio consolidado de la sala que para liquidar el impuesto la administración autonómica puede recurrir a la valoración de peritos o a los precios medios del mercado, pero en ambos casos el valor ha de ser individualizado.

Añade la sala que no se deben valorar genéricamente los inmuebles, además sin visitarlos, lo que implica que se desconoce su estado.

"En este caso -afirman los magistrados-, el perito no dice haber visitado las fincas ni las razones por las que entiende que su valor unitario por metro cuadrado es el que señala".

"Es evidente que no puede considerarse suficientemente motivada la resolución, ya que de su tenor literal se desprende que utiliza criterios genéricos que no se aplican de forma individualizada a los bienes valorados", concluyen. 
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