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laboral

Rechazan la demanda del comité de empresa de Emuasa contra la jornada de 37,5 horas

Redacción Martes, 21 de Enero de 2014 Tiempo de lectura:

La Sala confirma la obligatoriedad de cumplir la citada jornada semanal

[Img #21537]La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha confirmado la sentencia de un Juzgado que desestimó la demanda de conflicto colectivo planteada por el presidente del comité de la Empresa Municipal de Aguas y Saneamiento (EMUASA) por la implantación de la jornada semana de 37,5 horas.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que el Juzgado declaró probado que este presidente del comité de empresa recibió un escrito de la sociedad municipal en septiembre de 2012 en el que se le indicaba que, de conformidad con la Ley de Presupuestos Generales del Estado, "la jornada general de trabajo del personal del sector público no podrá ser inferior a 37,5 horas semanales".

Entablado la demanda de conflicto colectivo, el Juzgado de lo Social al que correspondió el asunto acordó desestimarla, absolviendo a la citada empresa municipal.

El comité de empresa recurrió la sentencia ante la Sala de lo Social del TSJRM y alegó que la normativa que se había aplicado no procedía en el caso de EMUASA por tratarse de una empresa con un 49 por ciento de capital privado, por lo que no le afectaba lo dispuesto en el real decreto legislativo de 2012 que aprobó los Presupuestos Generales.

La Sala, que tiene como ponente al magistrado Manuel Rodríguez, rechaza esa interpretación y confirma la obligatoriedad de cumplir la citada jornada semanal. 
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