Murcia publica las medidas obligatorias contra esta enfermedad de los cultivos
El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) ha publicado la orden de 7 de febrero de 2014 de la consejería de Agricultura, por la que se dictan medidas fitosanitarias obligatorias para combatir al virus Nueva Delhi (ToLCNDV) y a sus insectos vectores, fundamentalmente la mosca blanca, y minimizar sus efectos, evitar su propagación y reducir la población de insectos vectores de esta virosis.
Según informan los portales Hortoinfo y Freshplaza, las medidas fitosanitarias obligatorias establecidas se aplicarán en las plantaciones de especies hospedantes al virus del rizado del tomate Nueva Delhi, tanto de cucurbitáceas,especialmente calabacín, calabaza, melón, sandía y pepino; como de solanáceas, especialmente tomate, pimiento, berenjena y patata infectadas por la referida virosis.
Entre las medidas a adoptar se encuentra mantener totalmente limpias las parcelas destinadas a la realización de nuevas plantaciones de cucurbitáceas, de restos de cultivos anteriores y de vegetación durante, al menos, las tres semanas previas a su siembra o trasplante. Entre ciclos de cultivo se mantendrán las parcelas limpias en todo momento.
Así como la eliminación de plantas virosadas. Esta eliminación incluye el tratar previamente las plantas que vayan a arrancarse con un adulticida específico contra mosca blanca, en el caso de presencia del insecto vector, para posteriormente embolsarlas o introducirlas en contenedores cerrados. En ningún caso, las plantas infectadas se dejarán abandonadas por la parcela o en sus alrededores, ya que podrían seguir expandiendo el virus.
La reducción de las poblaciones del vector del virus y la parada invernal de hospedantes son otras de las medidas, además de la prohibición de la existencia de plantaciones de cucurbitáceas y de sus restos con plantas vivas, en parcelas al aire libre o en estructuras que no reúnan un adecuado aislamiento físico a la entrada o salida de moscas blancas, durante los meses de diciembre, enero y febrero.
El incumplimiento de las medidas fitosanitarias obligatorias dará lugar a la aplicación de las sanciones administrativas previstas en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal, con una sanciones de hasta tres millones de euros por una infracción muy grave.
Según informan los portales Hortoinfo y Freshplaza, las medidas fitosanitarias obligatorias establecidas se aplicarán en las plantaciones de especies hospedantes al virus del rizado del tomate Nueva Delhi, tanto de cucurbitáceas,especialmente calabacín, calabaza, melón, sandía y pepino; como de solanáceas, especialmente tomate, pimiento, berenjena y patata infectadas por la referida virosis.
Entre las medidas a adoptar se encuentra mantener totalmente limpias las parcelas destinadas a la realización de nuevas plantaciones de cucurbitáceas, de restos de cultivos anteriores y de vegetación durante, al menos, las tres semanas previas a su siembra o trasplante. Entre ciclos de cultivo se mantendrán las parcelas limpias en todo momento.
Así como la eliminación de plantas virosadas. Esta eliminación incluye el tratar previamente las plantas que vayan a arrancarse con un adulticida específico contra mosca blanca, en el caso de presencia del insecto vector, para posteriormente embolsarlas o introducirlas en contenedores cerrados. En ningún caso, las plantas infectadas se dejarán abandonadas por la parcela o en sus alrededores, ya que podrían seguir expandiendo el virus.
La reducción de las poblaciones del vector del virus y la parada invernal de hospedantes son otras de las medidas, además de la prohibición de la existencia de plantaciones de cucurbitáceas y de sus restos con plantas vivas, en parcelas al aire libre o en estructuras que no reúnan un adecuado aislamiento físico a la entrada o salida de moscas blancas, durante los meses de diciembre, enero y febrero.
El incumplimiento de las medidas fitosanitarias obligatorias dará lugar a la aplicación de las sanciones administrativas previstas en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal, con una sanciones de hasta tres millones de euros por una infracción muy grave.

