El proceso ha pasado por todas las instancias judiciales desde el año 1989
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso que el propietario de una obra ilegal construida en la playa de la Casica Verde, de Águilas, presentó contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) que confirmó la ejecución subsidiaria de la orden de derribo.La sentencia de la Sala de lo Contencioso del TSJRM, dictada en octubre de 2011, señaló que la Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente rechazó en enero de 2007 el recurso de alzada planteado contra el acuerdo de la Demarcación de Costas de Murcia que aprobó la ejecución subsidiaria de la demolición.
Y añadía que este último organismo había acordado en noviembre de 1989 imponer una sanción de 300 euros al dueño de la obra ilegal -consistente en la elevación de un muro y la instalación de unos postes encofrados-, además de ordenar la demolición de lo construido.
El infractor asumió el pago de la multa, pero no procedió a demoler lo que había sido declarado ilegal por afectar a la zona de protección de la playa, por lo que fue apercibido de que debía hacerlo, ya que en caso contrario los trabajos serían encargados por la administración, que le pasaría luego la factura correspondiente.
En su oposición, el sancionado alegó que el requerimiento de ejecución subsidiaria había sido hecho más de 16 años después del acuerdo sancionador, por lo que había prescrito.
El recurso fue desestimado por el tribunal murciano, que declaró que "la ley de Costas establece taxativamente que la facultad de exigir la restitución de las cosas y su reposición a su estado anterior no prescribe", y su sentencia se ve respaldada ahora por el Tribunal Supremo.


