Los operadores sancionados son DíaMóvil, MásMóvil, Carrefour Móvil, The Phone House, Moreminutes Comunicación y Hualon
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Orange con una multa de 18.000 euros y a seis de sus operadores móviles virtuales, con multas entre los 3.000 y los 10.000 euros, por incumplir las reglas de portabilidad móvil, ha informado hoy el organismo regulador.Los operadores móviles sancionados son DíaMóvil, con 10.000 euros; Masmóvil, también con 10.000 euros; Carrefour Móvil, con 7.000 euros; The Phone House, con 6.000 euros; Moreminutes Comunicaciones, con 4.000 euros, y Hualon, con 3.000 euros.
La CNMC ha precisado en un comunicado que se considera probado que esas siete compañías cometieron ciertas irregularidades en la tramitación de algunas solicitudes de portabilidad (cambio de línea entre operadores) móvil de sus nuevos abonados.
El origen de estos expedientes sancionadores está en una denuncia presentada por Vodafone contra Orange y todos sus operadores móviles virtuales (Jazztel Móvil, Simyo, DiaMóvil, Másmóvil, Carrefour Móvil, The Phone House, MoreMinutes Communicaciones y Hualon) ante la extinta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) en agosto de 2012.
La operadora británica denunció que sus competidores estaban incumpliendo algunas de las normas que regulan la portabilidad móvil entre los operadores.
En concreto, puso de manifiesto que las solicitudes de cambio grabadas en el sistema informático de gestión de portabilidades de las compañías no contenían la fecha y la hora real en la que los abonados firmaban el cambio y que se acumulaban para su carga en determinadas horas del día.
En la instrucción se constató que Orange, DiaMóvil, Masmóvil, Carrefour Móvil, The Phone House, Moreminutes y Hualon no cumplieron algunas de esas normas, tales como conservar todas las solicitudes firmadas por el cliente, incluir en ellas la fecha y hora de formalización o grabarlas dentro del plazo del medio día hábil en el sistema informático de gestión de portabilidades de las compañías.
En la investigación no se detectaron irregularidades por parte de Jazztel o Simyo, que no han sido sancionadas.
El incumplimiento de esas normas supone una "infracción muy grave" de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, ha añadido el regulador.
No obstante, los importes de las sanciones se han establecido teniendo en cuenta varias circunstancias atenuantes, como que las irregularidades no han tenido una repercusión social, el mercado no se ha visto afectado, por ser un volumen escaso de portabilidades, ni tampoco ha habido un beneficio económico para estas compañías.







