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CONSEJO DE MINISTROS

Los becarios podrán cotizar a la Seguridad Social a partir del 1 de noviembre

Redacción Viernes, 21 de Octubre de 2011 Tiempo de lectura:

Para los contratados antes de esa fecha podrán suscribir un convenio para computar la cotización un máximo de dos años

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se incluye en la Seguridad Social a los becarios con formación universitaria que realicen prácticas en empresas y entidades y que reciban cualquier tipo de contraprestación económica. La norma comienza a aplicarse el 1 de noviembre y, para quienes lo hubieran hecho con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto, podrán suscribir un convenio especial que les permita el cómputo de cotización hasta un máximo de dos años.

El Real Decreto establece que las personas inmersas ahora o con anterioridad en programas de formación vinculados a estudios universitarios o de formación profesional, financiados por organismos públicos o privados, que incluyan prácticas formativas que conlleven una contraprestación económica para los afectados, serán asimilados a trabajadores por cuenta ajena a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social. Los becarios deberán acreditar su condición mediante certificación expedida por los organismos o empresas que los financien.

A partir de esa fecha, las entidades que contraten a este tipo de trabajadores deberán abonar 38 euros mensuales por su cotización mientras que el empleados abonarán dos euros.

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