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SENTENCIA

El Constitucional tumba un recurso de la CARM contra los recortes a las fotovoltaicas

F. A. Viernes, 04 de Julio de 2014 Tiempo de lectura:

El TC considera que la medida fue excepcional en un contexto de crisis económica

El Tribunal Constitucional ha desestimado un recurso de inconstitucionalidad presentado por la Comunidad Autónoma en 2011 contra el recorte de las ayudas a las fotovoltaicas aprobado por el entonces gobierno de Rodríguez Zapatero.
 
La Comunidad Autónoma consideraba que diversos preceptos del Real Decreto 14/2010, de 23 de diciembre, modificaban el marco jurídico en el que se han llevado a cabo inversiones millonarias para la producción eléctrica mediante energías renovables, "alterando con carácter retroactivo las reglas de juego que otorgaban estabilidad y retorno a las inversiones realizadas en renovables".

 

En concreto, según defendía la CARM, la norma atentaba contra cuatro principios constitucionales fundamentales como son la irretroactividad de las normas, la igualdad, la seguridad jurídica y la confianza legitima en las instituciones.
 


Según la sentencia publicada hoy, los magistrados dan valor a la defensa del abogado del Estado en cuanto a que el Real Decreto no transformaba las condiciones para los 'fotovoltaicos', si no que buscaba unas "tasas de rentabilidad razonables" y no vulneraba "el principio de confianza legítima", como sostenía la Comunidad Autónoma.

 

Asimismo, los once magistrados del pleno del Constitucional, que son quienes firman la sentencia, entienden que en la actualidad no están en vigor ninguna de las normas impugnadas y que, en cualquier caso, estas se adoptaron en un momento de crisis económica y déficit tarifario.


 La sentencia señala que el Gobierno de la nación justificó la adopción de estas medidas por la situación de crisis económica, "que había repercutido en una caída imprevista de la demanda de energía eléctrica, junto al incremento general de costes, que provocó un aumento imprevisto del déficit tarifario". "No puede excluirse -añade- que una medida que tiene por objeto establecer un límite en la retribución de un sector productor de energía, como es el fotovoltaico, pueda contribuir a minorar el déficit tarifario".

 

"El Gobierno -explica la sentencia- ha aportado una justificación suficiente, que permite apreciar la existencia de la situación habilitante requerida por la Constitución y que las medidas guardan una clara conexión de sentido con respecto a la situación de urgencia económica definida por aquel".


Además de este recurso, la Comunidad Autónoma presentó un segundo contra un nuevo recorte a las fotovoltaicas aprobado ya por el Gobierno de Rajoy en agosto de 2013.


Puede acceder aquí al texto íntegro de la sentencia.

 

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