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SUPERVISIÓN

Los bancos deberán rendir cuentas a nivel nacional y europeo

Redacción Martes, 30 de Septiembre de 2014 Tiempo de lectura:

El BCE podrá imponer a las entidades de crédito sanciones pecuniarias administrativas por un importe máximo del doble de los beneficios obtenidos

Los bancos de la zona del euro deberán rendir cuentas a nivel europeo y nacional, cuando entre en vigor el Mecanismo Único de Supervisión (MUS) a partir de noviembre.

 

Así se desprende de la Guía de supervisión bancaria para implementar el MUS que el Banco Central Europeo (BCE) publicó hoy.

 

La guía se ha elaborado en virtud del acuerdo suscrito por el Parlamento Europeo y el BCE.

 

El BCE, que asumirá la supervisión de los bancos de la zona del euro el 4 de noviembre, quiere ofrecer en la guía orientaciones prácticas y ayudar a las partes interesadas a prepararse.

 

El BCE supervisará directamente a todas las entidades clasificadas de significativas, unos 120 bancos, que incluyen aproximadamente a 1.200 entidades supervisadas y representan el 85% de los activos bancarios de la zona del euro.

 

Asimismo, "el BCE dispone de facultades para conceder y revocar la autorización de cualquier entidad de crédito, y para valorar la adquisición de participaciones en las entidades de crédito de la zona del euro", añade la guía.

 

La entidad monetaria europea "podrá estudiar también la imposición de requisitos prudenciales adicionales a las entidades de crédito".

 

El BCE podrá imponer a las entidades de crédito sanciones pecuniarias administrativas por un importe máximo del doble de los beneficios obtenidos, de las pérdidas evitadas por la infracción o hasta el 10% de la facturación total del ejercicio precedente.

 

Además, el BCE puede imponer el pago de una sanción periódica en caso de infracción de una decisión o norma de supervisión del BCE, cuyo importe se calculará por cada día transcurrido hasta que los responsables cumplan la decisión o norma y siempre que el período de aplicación no exceda de seis meses.

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