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LEGISLACIÓN

El Gobierno plantea multas de hasta 1 millón por incumplir la ‘licencia exprés’

Efe Martes, 07 de Octubre de 2014 Tiempo de lectura:

Se consideran infracciones muy graves el inicio de la actividad sin la declaración responsable, la inexactitud, la falsedad y la omisión de datos esenciales

El Gobierno ha diseñado un régimen sancionador para aquellos que incumplan la normativa que regula la conocida como ‘licencia exprés’ para abrir un establecimiento y que, en los casos más graves, conllevará multas de hasta 1 millón de euros o el cierre del negocio.

 

El régimen sancionador ha sido incluido en la disposición quinta del proyecto de ley de fomento de la financiación empresarial, aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros.

 

En el documento se establecen tres tipos de infracciones (leves, graves y muy graves) y sus respectivas sanciones, tanto pecuniarias como no pecuniarias.

 

Se considera infracciones muy graves la reiteración o reincidencia de una infracción grave: inicio de la actividad sin la presentación de la declaración responsable; la inexactitud, falsedad u omisión de datos esenciales; la falta de informe técnico o el no estar en posesión de la documentación o el proyecto incluidos en la declaración responsable.

 

En ambos casos (infracción grave o muy grave), el infractor se expondrá a la suspensión temporal o definitiva del establecimiento o la inhabilitación por 3 años para abrir un comercio o ejercer la actividad comercial, recibir subvenciones o beneficiarse de incentivos fiscales, entre otras sanciones.

 

Se considerarán infracciones leves la inexactitud, falsedad u omisión de datos no esenciales o la falta de comunicación previa por cambio de titularidad del negocio.

 

Las multas por infracciones muy graves oscilarán entre 60.001 euros y el millón de euros; mientras que las infracciones graves se sancionarán con multas de entre 3.001 y 60.000 euros, y las leves, con hasta 3.000 euros.

 

La competencia sancionadora corresponderá a las entidades locales, sin perjuicio de que las autonomías en su normativa específica establezcan otra cosa, añade el texto.

 

El sistema de licencia exprés, implantado en 2012, permite abrir un negocio sin las hasta entonces obligatorias autorizaciones municipales y con la presentación, únicamente, de un informe técnico expedido por un profesional colegiado y una declaración responsable en la que el empresario asegura que cumple con la normativa.

 

En principio, se pueden acoger a este sistema determinados negocios cuyos locales no superen los 750 metros cuadrados de exposición al público, aunque el Ejecutivo ha abierto la puerta a que las comunidades autónomas extiendan dicha superficie hasta donde estimen oportuno.

 

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