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Mil familias se beneficiarán de ayudas de 200 € al mes para alquiler

Redacción Lunes, 12 de Enero de 2015 Tiempo de lectura:

Los interesados tendrán 2 meses para presentar los impresos, en los que además del contrato de arrendamiento, deberán incluir el certificado de empadronamiento, la nota simple del Registro de la Propiedad, el libro de familia y un certificado bancario.

Mil familias de la Región con ingresos inferiores a 1.600 euros mensuales podrán beneficiarse de una ayuda de 200 euros para pagar el alquiler de su vivienda habitual, según anunció hoy el consejero de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio, Francisco Bernabé.

 

Las ayudas serán publicadas mañana en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) y los interesados tendrán dos meses desde mañana para presentar los impresos, en los que además del contrato de arrendamiento, deberán incluir el certificado de empadronamiento, la nota simple del Registro de la Propiedad, el libro de familia y un certificado bancario.

 

Las ayudas para este año alcanzarán los 2.050.000 euros repartidos en dos partes, frente al millón y medio del año anterior, y cubrirán el 40 por ciento de la renta de alquiler con un tope máximo del alquiler que paguen los beneficiarios que no supere los 500 euros.

 

Aún siendo el límite máximo de las ayudas de 2.400 euros al año, es decir, por los doce meses del año, la subvención es renovable, si bien no incluirá el pago de garajes, trasteros o gastos de comunidad, sino sólo el alquiler de la vivienda habitual.

 

Es requisito que todas las personas que lo soliciten tengan o vayan a tener su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada (unidad de convivencia), posean la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o se trate de extranjeros no comunitarios con residencia legal en España.

 

Además es requisito que la renta establecida en el contrato de arrendamiento de vivienda no supere la cuantía total de 500 euros mensuales y deberán tener un ingreso superior a los 265 euros mensuales, dado que aún cuando este tipo de ayuda es de tipo social, se considera que con menores ingresos que los citados se trataría de un alquiler denominado "social" el que requeriría esa persona.

 

Además de la situación económica, tendrán preferencia aquellas personas que acrediten ser familia numerosa, tener algún miembro con discapacidad, que han sufrido un desahucio o que han sido víctimas de terrorismo, mientras que aquellos que tengan algún parentesco con el arrendador estarán excluidos, o incluso si son accionistas de él o socios.

 

El programa de ayuda al alquiler de vivienda tiene como objetivo el facilitar el acceso a una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con escasos medios económicos.

 

La Comisión de valoración determinará en su caso el orden de prelación, pero en último término se atenderá al orden cronológico de la fecha de solicitud de la subvención.

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