La sala dice que "con el tratamiento farmacológico y psicológico recibido en los dos últimos años el cuadro clínico no ofrece actualmente signos de inestabilidad, evolucionando sin patología psiquiátrica".
Tener un trastorno depresivo y sufrir de agorafobia no suponen motivos suficientes para justificar la concesión de la incapacidad absoluta o total, según se recoge en una sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ), que desestima el recurso de un mecánico.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, confirma así la dictada por un Juzgado de lo Social, que rechazó la demanda planteada por este trabajadora autónomo de un taller mecánico contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
El juez declaró en la sentencia que las lesiones que padece no alcanzan un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de una incapacidad permanente.
Ahora, la Sala de lo Social del TSJ, al desestimar la apelación, señala que "no se exploran actualmente síntomas melancólicos o psicóticos, así como tampoco síntomas propios de una demencia".
Y añade que "con el tratamiento farmacológico y psicológico recibido en los dos últimos años el cuadro clínico no ofrece actualmente signos de inestabilidad, evolucionando sin patología psiquiátrica".







