La Comisión da por acreditado que los establecimientos adoptaron políticas comunes de precios y condiciones comerciales
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto multas por un valor total de 9 millones de euros a 45 concesionarios de Toyota, Hyundai y Opel, por formar varios cárteles.
La Comisión, en una nota hecha pública hoy, considera acreditado que estos concesionarios llevaron a cabo prácticas prohibidas por el artículo 1 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia, constitutivas de diversos cárteles en las ‘Zona de Madrid’ y ‘Zona de Galicia’.
Estos concesionarios, además, contaron con la colaboración de una empresa especializada en servicios de atención al cliente, estudios de mercado y realización de evaluaciones de "comprador misterioso" para marcas de automoción: A.N.T. Servicalidad S.L..
A través de esta controlaron el cumplimiento de los acuerdos anticompetitivos adoptados por los concesionarios en las llamadas ‘Zona de Madrid’ y ‘Zona de Galicia’.
En el caso del expediente que afecta a los concesionarios Opel, ha quedado acreditada la participación de la asociación de concesionarios Opel España (Ancopel).
La CNMC ha incoado otros expedientes sancionadores de características similares a concesionarios, cuya resolución será publicada una vez adoptada, añade la Comisión.
De Toyota están afectadas las empresas concesionarias A.E. LLorente, S.A., Comauto Sur, S.A., y solidariamente imputable a M. Conde S.A., Herbamotor, S.A., Hispano Japonesa Motor, S.L., Julián Gómez Rodríguez, S.A., Kobe Motor, S.L., Kuruma Sport, S.A..
Además, Madrid Cars 2000, S.A., Motor Arjona, S.L. y Supra Gamboa, S.A., con la colaboración de la empresa A.N.T. Servicalidad, S. L, llevaron a cabo prácticas prohibidas por el artículo 1 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia, constitutivas de un cártel, durante el periodo comprendido entre noviembre de 2012 hasta junio de 2013.
Tras la instrucción del expediente, la CNMC considera acreditado que los concesionarios sancionados, que actuaban en la ‘Zona de Madrid’, adoptaron e implementaron acuerdos de fijación de precios y otras condiciones comerciales e intercambiaron información sensible relativa a los modelos Yaris Hibrido, Prius, Prius+, Auris Hibrido y Auris Gasolina/Gasoil.
También ha quedado acreditado que las empresas adoptaron sus acuerdos con manifiesta ocultación y secretismo, y que contrataron a un tercero para que vigilase el cumplimiento de los acuerdos prohibidos, instaurando un sistema de penalización contra los concesionarios incumplidores.
En Hyundai, las empresas afectadas son Almoauto Motor, S.L; Cars Corea, S.L.; Cobendai, S.L; Iberdai Motors, S.A.; Liderdai, S.A,; Merodigar Motor, S.L.; Motor Gamboa, S.A.; Rocal Automoción, S.L.; Santón Oliva, S.L.; Talleres Pita, S.A.; Yuncar Motor, S.L.; Zonauto Sur, S.L.
Los concesionarios sancionados acordaron la fijación de descuentos máximos y el intercambio de información sensible desde septiembre de 2012 hasta junio de 2013, restringiendo la competencia en el mercado la distribución de vehículos a particulares y pymes, concretamente de los modelos i30, ix35 y Santa Fe.
El expediente de Opel afecta a las empresas Aceña Movil, S.L.; Aelsa, S.A.; Agrogil, S.A.; Alcarreña de Turismos, S.L.; Automóviles Urbieta, S.A.; Autotodo, S.L; Autoviasa, Comercial Autovía, S.A.; Bétula Cars, S.L.; Centro Sur de Automoviles, S.A.; Cesmauto, S.L.; Diso Madrid, S.L.
También Gerar, S.A.; Gómez Platz, S.A.; Ibericar Technik, S.A.; Lista Motor, S.L.; Motorkar, S.A; Motor Aluche, S.A; Motor Coruña, S.A.; Motor Leyva, S.A.; Roauto, S.A.; Seligrat de Automoción, S.A; Talleres Prizan, S.A.: Turismotor, S.A. junto con la colaboración y participación de A.N.T. Servicalidad, S.L. y la asociación de concesionarios Opel España (Ancopel) y la empresa Anco Central de Compras.
En la llamada ’Zona de Madrid’, los concesionarios sancionados llegaron a acuerdos de fijación de precios e intercambio de información en la distribución a particulares de vehículos de los modelos Astra, Zafira, Insignia y Mokka.
La CNMC recuerda que contra estas resoluciones no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.


