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REFORMA

Los promotores aplauden la nueva Ley del Suelo

Redacción Jueves, 26 de Marzo de 2015 Tiempo de lectura:

Apirm considera que las medidas van a reducir trámites burocráticos y facilitar el desarrollo urbanístico

La Asociación de Promotores Inmobiliarios de la Región de Murcia (APIRM) ha mostrado su apoyo a la nueva Ley del Suelo de la Región de Murcia por considerar que incorpora mecanismos más realistas para el desarrollo urbanístico de la Región.


Algunos de ellos, además, supondrán un ahorro para el comprador de vivienda, como en el caso de la denominada “declaración responsable”, que acabará con los largos plazos burocráticos de algunos ayuntamientos. Estos, al no conceder la cédula de habitabilidad hasta pasados siete u ocho meses, solo conseguían incrementar los gastos financieros que al final repercutían en el precio de la vivienda.


“Desde la Asociación nos parece una buena iniciativa que, además, era necesaria para seguir avanzando en las necesidades del sector y en la flexibilidad que tanto hemos reivindicado”, explica José Hernández. Apirm, junto con sus asociados, ha trabajado mano a mano con la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, organismo que ha incorporado algunas de las peticiones de la Asociación dentro de los 52 cambios realizados al texto antes de su aprobación.


Los principales puntos que la Asociación de Promotores considera como positivos en comparación con la antigua legislación, son los siguientes:


La incorporación de la declaración responsable y comunicación previa dotan de celeridad a la primera ocupación de edificaciones de nueva planta y sucesivas ocupaciones y las licencias de obra menor. Un ejemplo del efecto positivo de esta medida es que, hasta ahora, un Ayuntamiento tardaba entre 7 y 8 meses en conceder la cédula de habitabilidad (una autorización sin la cual no se puede vender la vivienda). Este plazo de tiempo desmesurado incrementaba los gastos financieros de la promoción, que al final se tenían que repercutir en el precio de la vivienda.


Otra de las medidas es que los ayuntamientos no podrán imponer criterios de urbanización no incluidos en sus planes urbanos. Los ayuntamientos, en este sentido, actuaban de un modo bastante discrecional, imponiendo requisitos según su criterio y sin el amparo de los proyectos aprobados.


El desarrollo por fases de una urbanización también ha sido introducido en la ley. Es más coherente, menos costoso y permite hacer desarrollos de forma gradual que el mercado pueda absorber. Esto beneficia sobre todo a proyectos comerciales y hoteleros que fomentarán la actividad económica.


El plazo para edificar en los terrenos calificados como solar será de cinco años, no de dos. En este contexto de crisis económica en el que nos encontramos resulta inviable hacerlo en el plazo fijado anteriormente.
 

Las empresas de telecomunicaciones y las compañías eléctricas serán las responsables de aportar el material para sus instalaciones. Los promotores, en cada actuación, tienen la obligación de ejecutar las obras y cederlas para su explotación, por lo que se valora positivamente que estas compañías se hagan cargo del material.

 
Se incorpora también, como novedad, el régimen de fuera de norma, que se aplica a edificaciones que incumplen alguna condición normativa, pero no son sustancialmente disconformes con el plan. Así, se admiten usos y obras que no agraven la situación de disconformidad normativa con el fin de regularizar situaciones muy frecuentes en la realidad y de posibilitar el mantenimiento de actividades y usos preexistentes y no declarados ilegales.
 

Los agricultores y ganaderos, a partir de ahora, podrán mantener sus explotaciones en suelos recalificados como urbanizables.

 

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