Durante ese tiempo no podrán administrar bienes ajenos ni representar o administrar a cualquier persona.
El juzgado de lo mercantil número 2 de Murcia ha calificado de culpable el concurso de acreedores de la sociedad limitada murciana Construcciones y Promociones Confragar, declaración que afectará también a sus responsables, Francisco H.G. y Antonio G.M., que quedan inhabilitados durante diez años.
Por esta medida, durante ese tiempo no podrán administrar bienes ajenos ni representar o administrar a cualquier persona.
Igualmente, el juzgado los condena a responder con sus propios patrimonios de los derechos de los acreedores que no se vean satisfechos en la fase de liquidación de la empresa y a devolver los bienes que hubieran podido obtener indebidamente del patrimonio de la concursada.
Por otras resoluciones, en este caso, del juzgado de lo mercantil número 1 de Murcia, se ha acordado el archivo de los procedimientos de concurso voluntario seguidos a las sociedades limitadas C.A.M. e I. 2002, en ambos casos por insuficiencia de la masa para afrontar sus deudas.


