El empleado murió en un accidente laboral por "la falta de medidas de seguridad", según la sentencia
Una empresa de automoción de Librilla y, de forma solidaria, su compañía aseguradora, deberán pagar una indemnización de 500.000 euros a los herederos de un trabajador que perdió la vida por falta de las necesarias medidas de seguridad, según la sentencia dictada por un Juzgado de lo Social.
La sentencia indica que, de esa suma, 200.000 euros serán para la viuda, F. C., y los 300.000 restantes, para su hija, P. Y., que estuvieron defendidas en el juicio por el letrado José Gabriel Sánchez.
El Juzgado de lo Social declaró como hechos probados que el mortal accidente se produjo el 27 de febrero de 2009 en las instalaciones que la empresa posee en un polígono industrial de Librilla.
Cuando el empleado fallecido, J. F. Y., intervenía en las labores de revisión eléctrica de un autobús, quedó atrapado entre la rueda y el chasis, sufriendo tan graves heridas que falleció a las pocas horas.
La sentencia considera que "han quedado probados hechos suficientes que acreditan la relación de causalidad entre la falta de medidas de seguridad y el accidente, habiendo incurrido la empresa demandada en responsabilidad en el fallecimiento".
La resolución, contra la que cabe recurso ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ), señala que de la indemnización fijada responderá la empresa y, de forma solidaria, hasta el límite de su cobertura, "Liberty Seguros".
La sentencia indica que, de esa suma, 200.000 euros serán para la viuda, F. C., y los 300.000 restantes, para su hija, P. Y., que estuvieron defendidas en el juicio por el letrado José Gabriel Sánchez.
El Juzgado de lo Social declaró como hechos probados que el mortal accidente se produjo el 27 de febrero de 2009 en las instalaciones que la empresa posee en un polígono industrial de Librilla.
Cuando el empleado fallecido, J. F. Y., intervenía en las labores de revisión eléctrica de un autobús, quedó atrapado entre la rueda y el chasis, sufriendo tan graves heridas que falleció a las pocas horas.
La sentencia considera que "han quedado probados hechos suficientes que acreditan la relación de causalidad entre la falta de medidas de seguridad y el accidente, habiendo incurrido la empresa demandada en responsabilidad en el fallecimiento".
La resolución, contra la que cabe recurso ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ), señala que de la indemnización fijada responderá la empresa y, de forma solidaria, hasta el límite de su cobertura, "Liberty Seguros".







