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TRIBUNALES

Retiran la incapacidad a un peón agrícola porque su trabajo no requiere ver por los dos ojos

Redacción Jueves, 18 de Febrero de 2016 Tiempo de lectura:

El TSJ revoca una sentencia que obligaba al INSS a pagar una pensión por incapacidad

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha anulado la situación de incapacidad permanente total que le fue reconocida a un peón agrícola por un Juzgado porque, aunque tiene problemas de visión en un ojo, por el otro ve bien, y el trabajo en el campo no exige agudeza visual en los dos.

 

La sentencia estima así el recurso que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) planteó contra la resolución judicial que ahora se deja sin efecto.

 

El Juzgado, al reconocer la incapacidad permanente, declaró probado que el demandante, de 36 años, padece una patología crónica en el ojo derecho, con fibrosis prerretiniana, y dos tercios de agudeza visual en el ojo izquierdo.

 

Ante esa situación, estimó la demanda y condenó al INSS a pagarle una pensión vitalicia mensual del 55% de la base reguladora.

 

Ahora, al revocar la sentencia, el TSJ dice que las lesiones que padece este trabajador no tienen entidad suficiente para permanecer en la situación de incapacidad que le fue reconocida.

 

Y añade que, puestas en relación con las actividades que son propias de un peón agrícola, como el manejo de herramientas, cultivo de productos o recolección, entre otras, hay que señalar que "no se precisa la visión binocular, ni una especial agudeza visual, por lo que no cabe estimar que las mismas comporten impedimento para llevar a cabo todas o las más importantes".

 

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