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Opinión |
Martes, 27 de Septiembre de 2016

“Si su hipoteca tiene IRPH no ahorrará jamás”

Fue a mediados del año 2013 cuando el Tribunal Supremo acordó que las Cláusulas Suelo previstas en la inmensa mayoría de los préstamos hipotecarios suscritos en nuestro país podían ser abusivas, siempre y cuando fueran incluidas por la entidad bancaria sin respetar unos mínimos requisitos de incorporación y transparencia.


Este hecho ha provocado que muchos ciudadanos hayan revisado sus escrituras para comprobar si en las mismas se incluía dicha cláusula o no, pasando en cambio totalmente desapercibidas otras estipulaciones igualmente perjudiciales para la economía del préstamo, y por tanto para sus bolsillos.


Es el caso de la cláusula que fija como tipo de interés variable del préstamo el “Tipo Medio de los Préstamos Hipotecarios a más de Tres Años”, actualmente en vigor en la modalidad del “conjunto de entidades bancarias”, y conocido comúnmente como ’IRPH’,


El ‘IRPH’ ha venido permanecido muy por encima de valor respecto del Euribor, siendo éste último el índice que normalmente se incluye, aunque no siempre, por las entidades bancarias en las escrituras de préstamo hipotecario.


Hasta el punto que, por ejemplo, mientras que en el mes de Julio de 2016, el Euribor se situaba en términos negativos en -0,056%, el ‘IRPH’, ascendía a 2,007%, manteniéndose la diferencia de 2 puntos porcentuales entre ambos, muy común en los últimos diez años.


De este modo, por los Juzgados y Audiencias Provinciales de nuestro país se está acordando la nulidad de la estipulación del préstamo que fija como tipo de interés variable el ‘IRPH’, acordándose la devolución del dinero a los afectados, siempre y cuando por la entidad bancaria no se les informara a la hora de suscribir el mismo de la existencia de índices más beneficiosos, como el Euribor.


Por lo que es aconsejable revisar la escritura de préstamo hipotecario con detenimiento, y en caso de ver el mencionado tipo de interés, iniciar los contactos con la entidad bancaria, siempre con el oportuno asesoramiento legal, para su supresión, ya que en caso contrario, se estará pagando de más por el préstamo hipotecario.

 

@IberforoMurcia

 

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