La sanción fue impuesta por la dirección general de Trabajo y ahora la ratifica el TSJ
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha confirmado la multa por importe de 30.000 euros que la dirección general de Trabajo impuso a la cooperativa La Vega de Pliego por la utilización de una herramienta que suponía un riesgo para los menores.
La sentencia confirma la resolución de un Juzgado de lo Contencioso, que rechazó el recurso que esta empresa presentó contra el acuerdo de esta Dirección General que confirmó la procedencia de la sanción impuesta.
La cooperativa recurrió la sentencia judicial y alegó que no se había demostrado la existencia de ese riesgo, añadiendo que la evaluación realizada por la inspección laboral fue previa a la incorporación de menores.
El TSJ, al desestimar el recurso, ha impuesto a la cooperativa el pago de las costas.
La sentencia confirma la resolución de un Juzgado de lo Contencioso, que rechazó el recurso que esta empresa presentó contra el acuerdo de esta Dirección General que confirmó la procedencia de la sanción impuesta.
La cooperativa recurrió la sentencia judicial y alegó que no se había demostrado la existencia de ese riesgo, añadiendo que la evaluación realizada por la inspección laboral fue previa a la incorporación de menores.
El TSJ, al desestimar el recurso, ha impuesto a la cooperativa el pago de las costas.







