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CARTAGENA

La justicia anula el despido de un obrero que fumaba en las obras de la refinería

Efe Martes, 17 de Abril de 2012 Tiempo de lectura:

El TSJ admite que "en todo el complejo está prohibido fumar" pero añade que el trabajador "no causó perjuicios graves"

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha confirmado la improcedencia del despido de un trabajador que fue cesado tras ser sorprendido cuando fumaba en una zona prohibida en las instalaciones de Repsol Petróleo en Cartagena.

El TSJ, al desestimar el recurso presentado por la empresa a la que pertenece este empleado, indica que no se ha demostrado que al fumar pusiese en riesgo las instalaciones "o representara un peligro grave de avería para las instalaciones o la maquinaria de aquélla".

La Sala añade que "consta que en el lugar en que se encontraba el demandante se estaban realizando trabajos de soldadura, lo que excluye que por el fuego de su cigarro, lo encendiese o no en ese lugar, podría causar los riesgos o peligros descritos, ya que la soldadura provoca mayor llama o fuego".

"A todo lo cual es preciso adicionar -dice el TSJ- que no se produjo con su conducta ningún accidente laboral grave, ni un perjuicio grave a compañeros o a terceros, o daños graves a la empresa, conforme exige el convenio colectivo".

Al rechazar el recurso de la empresa, la Sala de lo Social confirma la sentencia dictada por un Juzgado de Cartagena, que declaró improcedente el despido y que la condenó a readmitir al empleado o a pagarle una indemnización cercana a los trece mil euros.

El Juzgado declaró como hechos probados que el trabajador prestaba sus servicios en las obras de construcción de la nueva planta petroquímica de Repsol Petróleo en Cartagena y que "en todo el complejo está prohibido fumar, así como portar mecheros o cerillas, estando permitido fumar sólo en los lugares especialmente habilitados al efectos y utilizando cerillas de seguridad".

El trabajador, añadía la sentencia del Juzgado, conocía esta prohibición, pero el 19 de agosto de 2010 fue sorprendido cuando fumaba un cigarrillo mientras prestaba sus servicios en un horno de hidrógeno en construcción, por lo que la empresa decidió su despido, que los tribunales han declarado improcedente.

El TSJ no sólo ha desestimado el recurso presentado por la empresa, sino que la ha condenado a pagar, en concepto de costas, 250 euros al abogado que defendió a su empleado.
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