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COMUNIDAD AUTÓNOMA

La Justicia de Murcia avala la reducción de liberados sindicales por la crisis

Efe Jueves, 19 de Abril de 2012 Tiempo de lectura:

El TSJ rechaza un recurso presentado por UGT y un sindicalista que recibió la orden de reincorporarse a su trabajo

La crisis económica que sufre España es causa suficiente para justificar la reducción del crédito horario sindical, según se afirma en una sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJ) que desestima el recurso presentado por un liberado y el sindicato UGT.

La sentencia respalda así una orden de la consejería de Presidencia que, en marzo de 2011, comunicó a esta central sindical que un liberado sindical debía incorporarse a su puesto de trabajo en la administración porque se le retiraba la licencia de la que disponía para dedicarse a actividades sindicales.

UGT, junto con este liberado, acudió a los tribunales a través del procedimiento de protección de derechos fundamentales, y expusieron que la medida adoptada por la Comunidad Autónoma suponía un recorte de derechos del funcionario que iba en contra de lo pactado en diversos acuerdos alcanzados con la administración tras el desarrollo de procesos de negociación colectiva.

Al rechazar el recurso, la sala afirma que "para decidir si es conforme a derecho o no la actuación administrativa recurrida al revocar una licencia sindical, lo decisivo no es tanto comprobar hasta qué punto la afectación del referido beneficio altera la actividad sindical de los recurrentes, sino si el sacrificio que se impone a los mismos es proporcionado en cuanto fundado en el ejercicio de facultades orientadas a lograr fines constitucionalmente previstos".

La sentencia añade que "es obvio que se trata de una medida justificada por la situación excepcional por la que atraviesa la Comunidad Autónoma, obligada a cumplir un compromiso adquirido con el Gobierno de la nación de reducción del déficit público, lo que la habilita para suspender o modificar los acuerdos que afectan a las condiciones de trabajo de los empleados públicos".

El TSJ concluye que "acometer el estado de crisis económica se ha convertido en una necesidad urgente".

La sentencia desestima el recurso y condena a los apelantes al pago de las costas generadas por el mismo.

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