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CONSUMO

El Tribunal de la UE considera ilegal la prohibición a los estancos españoles de importar tabaco

Efe Jueves, 26 de Abril de 2012 Tiempo de lectura:

La ley nacional impide a un minorista comercializar con proveedores de otros estados de la Unión

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que la normativa española que prohíbe a los estancos la importación de tabaco de otros países europeos viola las reglas de libre circulación de mercancías en los Veintisiete, según una sentencia dictada este jueves.

La Corte, con sede en Luxemburgo, ha respondido así a una consulta del Tribunal Supremo, que debe resolver un recurso presentado por la Asociación Nacional de Expendedores de Tabaco y Timbre (ANETT) contra el Real Decreto que establece esas condiciones.

La ANETT sostiene que la prohibición de importar labores de tabaco impuesta a los minoristas es contraria a la libre circulación de mercancías a escala europea, un punto de vista que han confirmado los jueces comunitarios.

Para el Tribunal de la UE, el obligar a los estancos a abastecerse en los mayoristas autorizados puede ocasionar diversos inconvenientes a los que no tendrían que hacer frente si pudiesen llevar a cabo la importación ellos mismos, según han explicado fuentes judiciales.

Como ejemplo, la Corte señala que la actual situación impide a un minorista comercializar productos procedentes de otro Estado miembro si estos no están incluidos en la gama ofrecida por los mayoristas españoles o no los tienen en stock.

También recuerda que un estanco no puede comprar a un fabricante o mayorista extranjero aunque le ofrezca mejores condiciones o, por ejemplo en una zona fronteriza, estuviese más cerca.

El Tribunal de Justicia considera además que la restricción a la libre circulación de mercancías que imponen las autoridades españolas no está justificada.

Los jueces recuerdan que los tratados europeos establecen que ese tipo de limitaciones pueden ser válidas por razones de interés general, como orden público, seguridad, salud o protección de la propiedad industrial entre otras.

Sin embargo, en el caso español, consideran que la justificación del Estado -garantizar un control fiscal y aduanero de las labores de tabaco y de asegurar su control sanitario- no es suficiente.

Según la Corte, España no ha explicado en qué medida la posibilidad de que los minoristas importen tabaco de otros países europeos obstaculizaría esos objetivos
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