Los expertos critican la redacción de la nueva ley y los problemas de tesorería que puede suponer para las empresas
El despacho de abogados y asesores tributarios Garrigues y la Cámara de Contratistas de Obra Pública de la Región de Murcia han organizado unas conferencias para analizar las implicaciones para las empresas de no repartir un dividendo mínimo anual tras la reciente entrada en vigor del nuevo artículo 348 bis de la Ley de Sociedades.En primer lugar ha intervenido Emilio Teruel, asociado del Departamento Mercantil de Garrigues, quien ha explicado el derecho al dividendo y ha expuesto el derecho de separación que se ha generado para el minoritario si no se reparte un mínimo y la obligación de reembolsarle el valor de su participación, “lo que puede suponer mayores problemas de tesorería para las empresas en una situación de crisis como la actual”.
En segundo lugar, Rafael Jordá, socio de Mercantil de Garrigues ha desglosado los problemas de interpretación que genera la mala redacción del nuevo artículo, y los intentos legislativos en marcha para modificar una norma tan reciente para que no se descapitalice a las sociedades. “Mientras tanto parece que se ha pasado de situaciones de opresión de la mayoría sobre la minoría, a la posible tiranía de la minoría frente a la que no caben alegaciones relativas a la no razonabilidad del reparto con la crisis de crédito existente”, ha aseverado.








