
El Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM) ha rechazado la consulta hecha por el ayuntamiento de Cartagena sobre la legalidad del pin parental acordado por la Consejería de Educación del gobierno murciano porque el consistorio carece de legitimidad para ello y, en consecuencia, este órgano consultivo no está obligado a evacuar el informe reclamado.
Así se recoge en un dictamen, en el que se recuerda, además, que el asunto están pendiente de sentencia en la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) tras el recurso que el Ministerio de Educación y Formación Profesional planteó contra las instrucciones del pin parental. El informe concluye que existen dos óbices legales para atender la consulta hecha por el ayuntamiento, por un lado, porque el tema es competencia de la Consejería de Educación y, por otro, porque el mismo está pendiente de la resolución de los tribunales.
Dice el dictamen que la decisión de elevar la solicitud de informe sobre la legalidad de determinados apartados de la instrucción de la Consejería fue aprobado en el pleno que la corporación local cartagenera celebró el pasado diciembre. Y añade que el asunto es competencia de la administración regional, no del ayuntamiento, ya que este carece de legitimación para plantear la consulta.
Finalmente, al referirse a que el tema está judicializado por el recurso ministerial, el CJRM dice que “la valoración de los tribunales es prevalente y privilegiada sobre la que corresponde a la propia administración”. El caso del pin parental está pendiente de decisión del TSJRM, que hace unos días se dirigió a las partes para que se pronunciaran respecto a si consideran que las actuaciones deben ser archivadas al haber perdido el recurso su objeto con la finalización del curso, ya que las instrucciones tenían limitada su vigencia a la duración del mismo

