Tienes activado un bloqueador de publicidad

Intentamos presentarte publicidad respectuosa con el lector, que además ayuda a mantener este medio de comunicación y ofrecerte información de calidad.

Por eso te pedimos que nos apoyes y desactives el bloqueador de anuncios. Gracias.

MEDIO AMBIENTE

13 empresas agrícolas exculpadas de arrojar vertidos contaminantes a el Mar Menor

Según la investigación, no existen suficientes pruebas que determinen que los vertidos suponen un peligro para la laguna salada más grande de Europa

MurciaEconomía Martes, 04 de Mayo de 2021 Tiempo de lectura:

 

El juzgado de instrucción de Murcia que investiga a más de medio centenar de ex altos cargos y empresas agrícolas por los presuntos vertidos contaminantes que llegaban hasta el Mar Menor a través de una rambla ha acordado el sobreseimiento provisional con respecto trece de estas últimas mercantiles.


A través de una resolución conocida este martes, el juzgado dice que procede el archivo de las actuaciones con respecto a las mismas al no estar debidamente acreditado que los vertidos que se le atribuyen supusieran un peligro para el medio ambiente, aunque deja abierta la puerta a que los hechos puedan ser sancionados por la vía administrativa.


Para ello, el magistrado que dirige las investigaciones ha tenido en cuenta una prueba pericial que él mismo encargó y en la que se llega a esa conclusión.



En base a ese mismo informe, el magistrado ha rechazado los recursos de reforma presentado por otros dos investigaciones porque su conducta sí pudo afectar al medio ambiente con dichos vertidos, procedentes de desalobradoras.



El juzgado acordó el pasado mes de febrero el sobreseimiento de las actuaciones con respecto al expresidente de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) José Salvador Fuentes Zorita, al señalar que aunque pudo tener conocimiento cuando estaba en el cargo de la existencia de aquellas desalobradoras ilegales, su actuación de no perseguir su funcionamiento no era punible.


El auto añadió que no le era aplicable la reforma introducida en el Código Penal en 2010, año que cesó en el cargo, que declaró como conducta perseguible penalmente la omisión de inspecciones de carácter obligatorio.
 

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.