
El Colegio de Abogados de Murcia ha mostrado su oposición al pago de IRPF en las indemnizaciones en los accidentes de tráfico. Este cambio en la norma está incluido en el Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia.
Según los abogados, esta reforma perjudica los intereses de las víctimas de accidentes de tráfico, en tanto establece que las indemnizaciones percibidas por estas o por sus familiares a consecuencia de un accidente de tráfico solo estarán exentas de tributar en el IRPF si proceden de un órgano Judicial, o si derivan de un acuerdo extrajudicial, siempre que en este haya intervenido “un tercero neutral” y que el mismo “se eleve a escritura pública”.
Esto supone, consideran, que la nueva regulación hará que las víctimas tengan que asumir los gastos de someterse a un arbitraje y a la elevación a escritura pública de dicho acuerdo, salvo que judicialicen el asunto, lo cual va contra la propia razón de ser de la propia Ley de eficiencia procesal.
Además, la reforma legal atentaría contra la Ley 35/2015 -conocida como el nuevo baremo de tráfico-, que marca el “principio de reparación íntegra del daño, tratando de gravar el patrimonio biológico de las víctimas”, lo que supone desconocer el verdadero espíritu y razón de ser de la figura de la Responsabilidad Civil.

