Tienes activado un bloqueador de publicidad

Intentamos presentarte publicidad respectuosa con el lector, que además ayuda a mantener este medio de comunicación y ofrecerte información de calidad.

Por eso te pedimos que nos apoyes y desactives el bloqueador de anuncios. Gracias.

Opinión |
Lunes, 10 de Octubre de 2022

El cierre ordenado de la empresa

 

En ocasiones, las empresas que se encuentran con graves problemas de solvencia dudan sobre la posibilidad de presentar un concurso de acreedores, o bien cerrar directamente su negocio sin comunicar ni tan siquiera a la Agencia Tributaria el cese de actividad. 
 
[Img #93478]Esto es debido a que se puede pensar que el concurso de acreedores es un procedimiento que se alargará durante muchos años, y el coste es demasiado elevado, por lo que sería una solución poco rentable para el empresario. 
 
Sin embargo, la modificación de la Ley Concursal, junto con la introducción de nuevos mecanismos para detectar y solventar la insolvencia temprana, ha establecido un procedimiento ágil y sencillo para el cierre de microempresas, que son aquellas que hayan empleado durante el año anterior una media de menos de 10 trabajadores a tiempo completo, y que tuvieran un volumen de negocio inferior a 700.000 euros, o un pasivo inferior a 350.000 euros.
 
Igualmente, cabe destacar el procedimiento sumario previsto para el cierre de aquellas empresas que llegan a la presentación del concurso de acreedores sin bienes, o incluso cuando el coste de realización de los mismos es superior a su valor de venta.
 
A su vez, el cierre ordenado de la empresa puede ayudar a evitar derivaciones de responsabilidad de las administraciones públicas al empresario, lo que no ocurre en aquellas supuestos en los que simplemente se baja la persiana sin más trámites. 
 
Además, el empresario puede verse beneficiado del procedimiento conocido como 'Segunda Oportunidad' para la exoneración de las deudas personales, cumpliendo los requisitos previstos en la Ley Concursal, y que le permita volver a recomenzar.

 

José Juan García Torralba
Socio Director de GC LEGAL SPAIN SLP (GC/L)

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.