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Opinión | Punto y seguido
Lunes, 23 de Enero de 2023
Javier Soto

Manchados por la corrupción

 

La Wikipedia define la corrupción política como “los actos deshonestos o delictivos cometidos por funcionarios y autoridades públicas que abusan de su poder e influyen a realizar un mal uso intencional de los recursos financieros y humanos a los que tienen acceso, anticipando sus intereses personales o los de sus allegados, ​ para conseguir una ventaja ilegítima generalmente de forma secreta y privada”. No deja lugar a dudas que los acontecimientos que se produjeron durante el otoño de 2017 en Cataluña, con la organización del referéndum ilegal de separación del Estado y la consiguiente proclamación de la república catalana en el Parlamento autonómico se enmarcan en un proceso de corrupción política de todos los impulsores y participantes en esos hechos, que incluyen además el intento de golpe de Estado por cuanto declaran abolida la Constitución en esa comunidad autónoma con la añadida ruptura de la unidad territorial del país. Es más, en todo momento todos ellos han declarado insistentemente que lo volverían a hacer.


Por ello, los diputados socialistas, de Podemos y de los partidos separatistas que han apoyado la derogación del delito de sedición y la reducción de penas por el delito de malversación de fondos públicos sin ánimo de lucro quedan manchados por la corrupción. La extrema izquierda podemita, que se presentó como azote de la corrupción y que declaró la guerra a la casta, se ha convertido en facilitadores y defensores de corruptos y en la nueva casta vergonzante. 


El auto del juez del Supremo Pablo Llarena sobre las consecuencias de la reforma del Código Penal para los procesados en esta causa por rebeldía: Carles Puigdemont y los exconsejeros Antonio Comín, Lluis Puig y Clara Ponsatí, y la exsecretaria general de ERC, Marta Rovira, desmonta la exposición de motivos de la ley según la cual intenta armonizar la legislación española sobre la sedición a la de los países de nuestro entorno y concreta las penas que recoge cada uno de ellos, similares o superiores a las de nuestro país, como en Alemania, Francia, Italia y Bélgica.


Sobre la reforma de la malversación de caudales públicos, que diferencia entre el enriquecimiento personal y el que no se produce, mantiene Llarena que “la Jurisprudencia viene sosteniendo desde hace 50 años que el propósito de enriquecimiento no es el único posible para la realización del tipo de los delitos de apropiación”. Y añade que la malversación no requiere el enriquecimiento del autor, “sino, en todo caso, la disminución ilícita de los caudales públicos o bienes asimilados a éstos … se dispone de los bienes públicos como propios y se apartan de su destino para la obtención de un bien particular”. Además, descarta las penas atenuadas de malversación, porque sólo deberían aplicarse si se obtiene el bien público temporalmente con la intención de devolverlo.


De cualquier forma, el desvío de dinero público realizado por la Generalidad catalana para los actos delictivos del procés sí conllevó beneficios económicos a al menos doce empresas y personas, desde Unipost, a la que se pagó casi un millón de euros por los servicios prestados, hasta Focus Media, que se embolsó 158.344 euros, pasando por los honorarios, viajes y alojamiento a los observadores que contrató para el seguimiento del referéndum ilegal.


No es de extrañar que numerosos socialistas históricos hayan puesto el grito en el cielo ante esta deriva ‘antisistema’ de un Gobierno que está poniendo en peligro el régimen democrático que tanto costó recuperar desde 1978. La Historia no será benévola con ellos.  

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