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MERCADO ELÉCTRICO

El ‘cruce de CUPS’ o la pesadilla por el cambio ‘erróneo’ de compañía eléctrica

Competencia impone nuevas medidas a Iberdrola, Endesa, Naturgy y HolaLuz para evitar más perjuicios al consumidor, que puede acabar en el corte de luz

MURCIAECONOMIA Miércoles, 15 de Marzo de 2023 Tiempo de lectura:

 

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha impuesto varias medidas a las eléctricas Endesa, Naturgy, Iberdrola y HolaLuz para evitar que los consumidores eléctricos se vean afectados por cambios ‘erróneos’ de comercializador.

 

Las denuncias ante Competencia por cambios de compañía eléctrica sin el consentimiento de los clientes y motivados por códigos de suministro (CUPS) erróneos en los nuevos contratos, aumentaron un 360% en 2021, y continuaron creciendo en el primer semestre de 2022. El peso de este tipo de reclamaciones se duplicó y representaría el 31% del total por cambios sin consentimiento. 


 
Consumidores y cruce de CUPS


Un ‘cruce de CUPS’ supone que al usuario que solicita un cambio de compañía eléctrica se le asigna erróneamente el CUPS de otro cliente; en consecuencia, se le facturará por el consumo de una vivienda o local ajeno. 


Por su parte, el consumidor que ‘pierde’ su CUPS habitual: 


    • Dejará de ser suministrado por su comercializador habitual. 


    • Desconocerá el nombre del comercializador que realizó el cambio erróneamente al no constar como titular en la distribuidora. 


    • Si consigue saber qué comercializadora cometió el error, ésta no le reconocerá como cliente y tendrá muy difícil reclamar.


    • En el peor de los casos, podría sufrir un corte de suministro si el consumidor al que se le asignó erróneamente su CUPS se da de baja del nuevo contrato o deja de abonar las facturas de éste, al recibir una doble facturación.

 

Refuerzo de las medidas


La decisión jurídicamente vinculante de la CNMC afecta a las cuatro compañías, que durante los cambios de comercializador en el sector eléctrico:


    • Tendrán que mostrar de forma clara y separada al cliente el trinomio titular-dirección del punto de suministro-CUPS durante la contratación.


    • Solicitarán la confirmación de esos datos en soporte duradero si detectan discrepancias en la información.


En caso de asignación errónea, se establecen nuevas cautelas: 


    • Ante una solicitud de corte de suministro se descartará un ‘cruce de CUPS’. 


    • Se contactará con el consumidor solicitante, debiéndose acreditar ante el regulador estos contactos en caso de ser necesario. 


    • Si ha habido un ‘cruce de CUPS’, el comercializador responsable solicitará a la mayor brevedad posible, reponer el punto de suministro del consumidor afectado al comercializador previo.

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