Se declarara la nulidad de las disposiciones de efectivo de la empresa, que está en quiebra, relativas a cargos, intereses, gastos de remesas de efectos, traspasos y adeudos
La caja de ahorros de Castilla-La Mancha deberá devolver a la empresa quebrada Industrias Prieto, S.A. un total de 194.000 euros de los que dispuso a través de varias operaciones para cumplir así la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia.
Esta sentencia estima parcialmente el recurso que la sindicatura de la quiebra presentó contra la resolución de un Juzgado de Molina de Segura que, en noviembre de 2011, rechazó su demanda y absolvió a la citada entidad de ahorro.
Los síndicos de la quiebra pidieron al Juzgado que se declarara la nulidad de las disposiciones de efectivo de Industrias Prieto, S.A., efectuadas por la caja de ahorros de Castilla-La Mancha, relativas a cargos, intereses, gastos de remesas de efectos, traspasos y adeudos.
La cantidad que se reclamaba ascendía a 201.203 euros, aunque la Audiencia Provincial, en una sentencia que tiene como ponente al magistrado Carlos Moreno, reduce esa cantidad a 194.845 euros.
El tribunal dice que los actos de disposición efectuados consistieron, por un lado, en el traspaso de diversas sumas desde una cuenta de la quebrada, abierta en la entidad bancaria codemandada a otra cuenta, ésta, de crédito, titularidad también de Industrias Prieto, S.L., abierta asimismo en dicha oficina bancaria, que presentaba un saldo de 602.000 euros.
"La prueba practicada -dice la sala- no aporta justificación alguna de la necesidad o conveniencia de tales traspasos, y, en concreto, de que dicha operación pudiera incardianrse en aquellas referidas al tráfico o giro ordinario de la mercantil quebrada".
La sentencia dice en otro momento que "lo cierto es que, si bien fialmente y tras esos traspasos el saldo deudor se situaba en cifras muy similares a las iniciales o previas a aquéllos, es también cierto que no consta el destino final de esos traspasos, que, sin duda, estaban disminuyendo el acto de la quebrada y, por tanto, causando un evidente perjuicio para la masa activa".
Finalmente, la Audiencia retira, de la cantidad inicialmente solicitada por la sindicatura de la quiebra un total de 4.850 euros que considera corresponden a dos movimientos que están dentro de la legalidad.







