Tienes activado un bloqueador de publicidad

Intentamos presentarte publicidad respectuosa con el lector, que además ayuda a mantener este medio de comunicación y ofrecerte información de calidad.

Por eso te pedimos que nos apoyes y desactives el bloqueador de anuncios. Gracias.

SENTENCIA

El TSJ ordena repetir las elecciones en dos mesas electorales en Ceutí

Desaparecieron 27 votos declarados nulos, que podrían cambiar el resultado y favorecer una mayoría de derechas

MURCIAECONOMIA Miércoles, 05 de Julio de 2023 Tiempo de lectura:
Sonia Almela se convirtió en 2019 en alcaldesa de Ceutí. Ahora está a la espera de la repetición electoral para conocer si mantendrá el poderSonia Almela se convirtió en 2019 en alcaldesa de Ceutí. Ahora está a la espera de la repetición electoral para conocer si mantendrá el poder

 

El Tribunal Superior de Justicia de la Región ha estimado parcialmente el recurso contencioso electoral interpuesto por Vox contra el acuerdo 19 de junio de la Junta Electoral de Zona de Mula de proclamación oficial de candidatos electos al ayuntamiento de Ceutí en las elecciones municipales, y declara la nulidad de los resultados en dos mesas del municipio. Así, ordena que se proceda a efectuar nueva convocatoria para que se repita la votación en estas mesas electorales en el plazo de tres meses a partir de la sentencia notificada hoy.


Los magistrados señalan que las irregularidades relativas a las mesas 01-002-B y 01-006-A, al no contenerse en los sobres remitidos a la Junta Electoral de Zona los 27 votos reputados nulos, “sí puede ser relevante, en cuanto que la formación política recurrente quedó a tres votos de obtener un concejal”. Al contrario que ocurrió en el recurso resuelto recientemente por la Sala en el que, a pesar de advertirse irregularidades en el acta de la sesión de una mesa en Cartagena en cuanto a lo votos emitidos a favor de una candidatura, “la verdad material manifestada por los electores de aquella no era determinante del resultado final de la elección”, pues en ningún caso sumaría un nuevo diputado en la Asamblea Regional.


Las papeletas de los 12 y 15 votos declarados nulos en las citadas mesas, tal como recogen las actas de sesiones, “no se incorporaron al sobre uno, como tampoco, por error en el sobre tres, ni, una vez realizadas gestiones por la Junta Electoral de Zona, en el remitido a la Junta Electoral Provincial junto a la documentación electoral relativa a las elecciones autonómicas”.


La resolución aclara, por tanto, que se “ha privado a la Junta Electoral de Zona de la misión que tiene de verificar el control de legalidad del proceso de votación desarrollado en las Mesas Electorales y, como tal dotar de validez a los votos que estime indebidamente declarados nulos por aquellas” tal como establece la Ley Electoral.

 

Los magistrados rechazan la pretensión de nulidad de las votaciones realizadas en una tercera mesa.


Contra la resolución no cabe recurso ordinario ni extraordinario, sin perjuicio del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

 

En este municipio, cuyo ayuntamiento aún no está constituido a falta de la sentencia de hoy, el resultado inicial dio 9 concejales al PSOE, 5 al PP, dos a Vox y  uno a Ciudadanos.

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.