La nueva Ley Concursal: Un salvavidas desconocido para pymes y micropymes en apuros financieros
La nueva ley concursal entró en vigor el 26/09/2022 y pocas pymes y micropymes conocen sus ventajas, si se encuentran en una situación complicada de falta de liquidez y los bancos empiezan a poner pegas para renovar sus líneas de circulante.
El único objeto de la reforma es evitar el concurso, pero en muchas ocasiones cuando lo explico a empresarios que tienen dificultades financieras, pero que sus negocios son viables, en el momento en que nombro la palabra concurso lo inmediato es un cara entre asombro y negación y las frases que vienen a continuación : “ Yo no estoy tan mal” “ si comunico esta situación los bancos me van a cerrar la puerta” “ mis proveedores se enteran” “ si me interviene un administrador concursal me limita mis posibilidades de gestión”.
Es normal que un empresario actúe de esta manera, teniendo en su mente el ejemplo de muchas empresas que una vez comunicado el concurso y después de muchos quebraderos de cabeza y situaciones incomodas, al final han tenido que ir a liquidación. Pero es una pena que por desconocimiento, muchas empresas no adopten medidas a tiempo y realicen una restructuración en el nuevo ámbito de la ley concursal y que empeoren aún más su situación llevándolo al límite.
Antes de nada quiero definir la insolvencia de forma sencilla para que cualquier empresario pueda definir si se encuentra en esa situación. La insolvencia es la posibilidad de que una empresa no pueda hacer frente a sus compromisos de pago presentes o futuros, en los próximos dos años. Con este nuevo plazo, la ley incita a una reestructuración temprana , es decir, cuando empieza a haber sospechas fundadas.
Sin más y con el único objetivo de que quien lea este artículo se pueda anticipar, paso a comentar las principales ventajas:
1.- Favorece la negociación amistosa de un plan de reestructuración entre la empresa y los acreedores con los que prevea o tenga impagos, usando como mediador un experto en reestructuraciones independiente.
2.- Reduce la intervención judicial, evitando procedimientos judiciales costosos y prolongados, a la validación del experto en reestructuraciones para que quien realice el proceso reúna los requisitos necesarios de conocimiento y experiencia.
3.- Se establece un plazo amplio de negociación de tres meses ampliable a seis, no comunicándose a nadie de la situación de la empresa, salvo aquellos con los que hay que negociar, que en general son los bancos.
4.- Se elimina al administrador concursal y su intervención en el proceso, de manera que la empresa puede nombrar a un experto en reestructuraciones que no interviene los cobros y pagos de la empresa bloqueando al empresario su capacidad de acción.
5.- Permite crear distintas clases de acreedores y negociar de forma distinta con cada uno de ellos, incluyendo solo a aquellos con los que tenemos problemas de pago.
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