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INCENDIO MORTAL

El ayuntamiento de Murcia amenazó al dueño de Teatre con la cárcel si no cerraba la discoteca

La resolución indica que Teatre y, en su caso la discoteca Fonda Milagros, deberían solicitar la legalización de la segregación del edificio para una segunda actividad

MurciaEconomía Martes, 03 de Octubre de 2023 Tiempo de lectura:

 

Precisamente en el día en que el propietario de la discoteca Teatre, Juan Inglés Rojo, o su portavoz, Dolores Abellán, han filtrado a la prensa un acta favorable de una inspección que los servicios sanitarios del ayuntamiento de Murcia realizaron en la discoteca en marzo de este año; MurciaEconomía ha tenido acceso a otro documento firmado por el anterior concejal de Urbanismo del ayuntamiento capitalino, Andrés Guerrero (PSOE), en el que se ordena el cese de actividad de esta discoteca.

 

En el documento que este periódico publica en su integridad al final de este texto, no aparece la fecha de la firma, pues según se indica está fechado y firmado electrónicamente; es decir al pie del folio. No obstante, es evidente que la citada resolución es anterior al 17 de junio de este año, cuando tomó posesión la nueva corporación de mayoría popular; pues Andrés Guerrero fue concejal delegado de Urbanismo y Transición Ecológica desde pocos días después de que el PSOE ganara la moción de censura que presentó al alcalde José Ballesta (PP) en marzo de 2021 hasta junio de 2023.


En el documento se afirma con rotundidad que es “imposible continuar con la actividad (…) de TEATRE MURCIA SL (…) destinada a discoteca con cocina”. También se da un plazo de quince días hábiles para que “CESE en el ejercicio de la misma”.

 

Dice esta resolución que el Ayuntamiento dará orden a los servicios de inspección para que comprueben que la discoteca ha cerrado, y al mismo tiempo advierte de que en caso contrario habrá “una ejecución forzosa del acto administrativo” (entiéndase, su precintado).

 

Se señala también que si incumpliera “el CESE de actividad ordenado podría ser considerado desobediencia grave a la autoridad y estar incurso en el delito tipificado en el artículo 556 del Código Penal”. 

 

Este artículo, del Código Penal establece en su punto Uno que “Serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad”. En su segundo punto se indica que “Los que faltaren al respeto y consideración debida a la autoridad, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de multa de uno a tres meses”.


La misma resolución indica que Teatre y, en su caso la discoteca Fonda Milagros a la que se arrendó parte de la nave para una segunda discoteca, deberían solicitar la legalización de la segregación del edificio para una segunda actividad; lo que significa que debería contar con licencia, como establece la reglamentación de Espectáculos Públicos.

 

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