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PODER JUDICIAL

Casi nueve de cada diez concursos de acreedores son de familias

Las suspensiones de pago de las personas físicas no empresarios se multiplican por tres en un año

MURCIAECONOMIA Viernes, 06 de Octubre de 2023 Tiempo de lectura:

 

El número de concursos presentados durante el segundo trimestre de este año experimentó un importante incremento interanual: los 371 concursos recibidos entre abril y junio pasados por los juzgados de lo mercantil en la Región de Murcia representan un 190% más que los registrados en estos órganos judiciales en el mismo periodo de 2022. Aunque, si se profundiza en los datos, se observa que el aumento está provocado fundamentalmente por los presentados por personas naturales no empresarios, es decir, familias sin actividad empresarial. De estos, se registraron 320 (un 315,6 % más que el año anterior), frente a los 51 presentados de carácter mercantil, empresarios persona física o jurídica. 

 

Estos son datos que arroja el informe trimestral Efectos de la crisis en los órganos judiciales del Servicio de Estadística del Consejo General del Poder Judicial, que en la Región de Murcia refleja una especial incidencia de la huelga de funcionarios de la Administración de Justicia, no apreciado, sin embargo, en el conjunto nacional. Así, salvo en los concursos de acreedores, se observa un descenso generalizado de registro de todos los asuntos de carácter civil y social. 

 

Si se compara el número de concursos presentados por cada 100.000 habitantes en los distintos Tribunales Superiores de Justicia, la Región de Murcia es la cuarta comunidad con más concursos de familias, después de Cataluña, Canarias y Valencia. 

 

Respecto al número de nuevos concursos declarados en el segundo trimestre de 2023 en los juzgados de lo Mercantil fue de 222, lo que supone un aumento notable respecto a los 40 declarados el mismo periodo del año anterior.

 

Lo que se explica, en parte, por el fin de la moratoria concursal, el 30 de junio de 2022, prorrogada desde marzo de 2020. En este periodo el deudor concursado no estaba obligado a solicitar el concurso y, en caso de hacerlo, los órganos judiciales no debían admitir a trámite la solicitud.

 

Y que coincide, también, con los cambios en el proceso de ley de segunda oportunidad y exoneración del pasivo insatisfecho, tras la reforma de Ley Concursal en septiembre de 2022. Desde su entrada en vigor, el deudor, persona física, que no pueda pagar sus deudas por encontrarse en situación de insolvencia puede solicitar directamente al juzgado de lo Mercantil que se cancelen sus deudas, siempre que cumpla unos requisitos y actúe de buena fe.

 

Circunstancias, ambas, que coinciden con aumento exponencial de concursos declarados, desde el tercer trimestre de 2022.

 

Por otro lado, de abril a junio de 2023, se alcanzó un convenio en cinco procedimientos concursales y se inició la fase de liquidación en 35. Y no se inició ningún expediente de modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo (ERE) -dos se registraron en el mismo periodo un año antes-.

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