El Instituto de Fomento pone en marcha un servicio de asesoramiento en la tramitación de estos incentivos
Las empresas innovadoras y de base tecnológica pueden recuperar entre un 12% y 50% de sus inversiones en I+D+i a través de incentivos fiscales contemplados en el Impuesto de Sociedades, según se puso de manifiesto en la jornada desarrollada en el Centro Europeo de Empresas e Innovación de Murcia (Ceeim) para dar a conocer los mecanismos existentes de cara a mejorar la cuenta de resultados.
Esta jornada, impulsada por el Instituto de Fomento de la Región de Murcia (Info) y organizada por Ceeim, ha tratado de contribuir a la difusión de los incentivos fiscales como mecanismo para incentivar y premiar a las empresas que desarrollan actividades de I+D, las cuales pueden recuperar sobre un 42% de su inversión en estas actividades; mientras que el retorno en las sociedades con proyectos de innovación se sitúa en un 12%, según se expuso en el encuentro. En ambos casos, las deducciones son compatibles con otras ayudas, como son las concedidas por el Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial (CDTI), así como aquellas gestionadas por el INFO.
En el encuentro realizado en el Centro de Empresas, que estuvo dirigido a empresarios y emprendedores, quedó patente que la rentabilidad a obtener por las empresas está determinada por las innovaciones desarrolladas, los gastos incurridos y la calidad del proyecto. “Existen instrumentos aplicables a proyectos que supongan una mejora sustancial o significativa para la empresa, ya sea en producto o en proceso, así como para el desarrollo de productos nuevos o productos más eficientes y/o competitivos”, según María Vilaplana, ponente de la jornada y experta en financiación de la I+D+i.
También pueden beneficiarse de los incentivos fiscales por I+D+i, los proyectos orientados a la mejora de los procesos de producción o reducción de los cuellos de botella en la fabricación. En cuanto a gastos deducibles, la ponente enumeró diferentes conceptos, como los relacionados con la contratación de personal a tiempo parcial y en exclusiva, activos, materiales, colaboraciones con universidades y colaboraciones externas.
Para Juan Hernández, director del INFO y presidente de CEEIM “en la actual coyuntura, cualquier ayuda, incentivo o apoyo empresarial es fundamental para recobrar el dinamismo empresarial, y especialmente si es para animar a que las empresas innoven. Los incentivos fiscales para la I+D+I son poco utilizados en la Región, y desde el INFO ofrecemos nuestro asesoramiento a que aquellas empresas que desarrollan productos o innovan en sus procesos, para que los conozcan, y sepan cómo tramitarlos”.
Patent Box
Mención especial tuvo durante la jornada el incentivo fiscal Patent Box, que contempla una reducción del 50% de los ingresos brutos procedentes de la cesión de un activo intangible, como puede ser patentes, modelos de utilidad, diseños industriales o know how. Para Vilaplana, este instrumento es atractivo para las empresas innovadoras de base tecnológica (EIBT’s) “siempre que generen conocimiento y lo cedan a terceros para desarrollar una actividad económica”.
La Patent Box es compatible con otras ayudas, es aplicable en bases imponibles negativas y puede repercutirse hasta el periodo impositivo en el que los ingresos por cesión superen seis veces el coste del intangible.
Esta jornada, impulsada por el Instituto de Fomento de la Región de Murcia (Info) y organizada por Ceeim, ha tratado de contribuir a la difusión de los incentivos fiscales como mecanismo para incentivar y premiar a las empresas que desarrollan actividades de I+D, las cuales pueden recuperar sobre un 42% de su inversión en estas actividades; mientras que el retorno en las sociedades con proyectos de innovación se sitúa en un 12%, según se expuso en el encuentro. En ambos casos, las deducciones son compatibles con otras ayudas, como son las concedidas por el Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial (CDTI), así como aquellas gestionadas por el INFO.
En el encuentro realizado en el Centro de Empresas, que estuvo dirigido a empresarios y emprendedores, quedó patente que la rentabilidad a obtener por las empresas está determinada por las innovaciones desarrolladas, los gastos incurridos y la calidad del proyecto. “Existen instrumentos aplicables a proyectos que supongan una mejora sustancial o significativa para la empresa, ya sea en producto o en proceso, así como para el desarrollo de productos nuevos o productos más eficientes y/o competitivos”, según María Vilaplana, ponente de la jornada y experta en financiación de la I+D+i.
También pueden beneficiarse de los incentivos fiscales por I+D+i, los proyectos orientados a la mejora de los procesos de producción o reducción de los cuellos de botella en la fabricación. En cuanto a gastos deducibles, la ponente enumeró diferentes conceptos, como los relacionados con la contratación de personal a tiempo parcial y en exclusiva, activos, materiales, colaboraciones con universidades y colaboraciones externas.
Para Juan Hernández, director del INFO y presidente de CEEIM “en la actual coyuntura, cualquier ayuda, incentivo o apoyo empresarial es fundamental para recobrar el dinamismo empresarial, y especialmente si es para animar a que las empresas innoven. Los incentivos fiscales para la I+D+I son poco utilizados en la Región, y desde el INFO ofrecemos nuestro asesoramiento a que aquellas empresas que desarrollan productos o innovan en sus procesos, para que los conozcan, y sepan cómo tramitarlos”.
Patent Box
Mención especial tuvo durante la jornada el incentivo fiscal Patent Box, que contempla una reducción del 50% de los ingresos brutos procedentes de la cesión de un activo intangible, como puede ser patentes, modelos de utilidad, diseños industriales o know how. Para Vilaplana, este instrumento es atractivo para las empresas innovadoras de base tecnológica (EIBT’s) “siempre que generen conocimiento y lo cedan a terceros para desarrollar una actividad económica”.
La Patent Box es compatible con otras ayudas, es aplicable en bases imponibles negativas y puede repercutirse hasta el periodo impositivo en el que los ingresos por cesión superen seis veces el coste del intangible.

