
Un empresario de la construcción de Cartagena ha sido multado con 3.750 euros por no dar de alta a su hermano en la Seguridad Social mientras trabajaba en una de sus obras. El empresario alegó en su defensa que su hermano solo había acudido a la obra para ver el edificio y almorzar juntos, pero el juzgado de lo Social de Cartagena desestimó esta explicación, declarando que los hechos están debidamente probados.
La Inspección de Trabajo descubrió que el hermano trabajaba sin estar dado de alta, y solo fue registrado en la Seguridad Social una hora después de la inspección. La sentencia, a la que ha tenido acceso esta redacción, señala que la multa está ajustada a derecho y es firme, sin posibilidad de recurso.









