
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) ha fallado en contra del recurso presentado por Audiovisuales Tcero, S.A. en relación a la adjudicación del contrato de Gestión indirecta del servicio público de comunicación audiovisual televisiva de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el periodo 2020-2025, cuyo presupuesto base era de 77,5 millones de euros.
La empresa demandante solicitaba la nulidad del procedimiento de contratación, alegando indefensión por la falta de documentación en el expediente administrativo, además de cuestionar la validez de las evaluaciones y el funcionamiento del Comité de Expertos. Sin embargo, el tribunal ha desestimado todas las alegaciones.
El Comité de Expertos actuó con igualdad y conforme a los pliegos
El fallo judicial subraya que el Comité de Expertos realizó su labor con plenas garantías, examinando las propuestas de las licitadoras de forma detallada y aplicando los criterios de adjudicación según lo estipulado en los pliegos. Además, se descartó cualquier acusación de arbitrariedad en el proceso de evaluación, ya que las razones para cada puntuación fueron explicadas de manera exhaustiva.
No se acreditan las causas de nulidad
Respecto a la alegación de indefensión por parte de Audiovisuales Tcero, el tribunal concluyó que no existían documentos omitidos en el expediente administrativo que pudieran haber afectado el curso del procedimiento. Asimismo, se confirmó que los cambios en la Mesa de Contratación y el cese del Comité de Expertos se realizaron de forma transparente y acorde a la normativa vigente.
El cese del Comité de Expertos fue justificado
Otro de los puntos clave del recurso era la arbitrariedad en la decisión de cesar al Comité de Expertos. El tribunal rechazó esta alegación, argumentando que el órgano de contratación actuó conforme a la ley debido al incumplimiento de funciones del comité y la necesidad de agilizar el procedimiento.
La sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo
La resolución pone fin a uno de los tres recursos interpuestos por Audiovisuales Tcero en relación con este expediente de contratación. No obstante, la sentencia es susceptible de recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, siempre y cuando se demuestre que el caso presenta interés casacional.


