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TRASVASE

El Supremo desestima el recurso de la Junta contra la revisión del plan hidrológico Tajo-Segura

La sentencia respalda la legalidad del Real Decreto 35/2023 que revisa los planes hidrológicos

MurciaEconomía Lunes, 20 de Enero de 2025 Tiempo de lectura:
Sede del Tribunal Supremo.Sede del Tribunal Supremo.

 

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso interpuesto por la Junta de Andalucía contra el Real Decreto 35/2023, que revisa los planes hidrológicos de varias demarcaciones hidrográficas, entre ellas el Tajo, y eleva su caudal ecológico a 8,6 metros cúbicos por segundo. Esta medida, criticada por Andalucía como un "recorte" al trasvase Tajo-Segura, ha sido confirmada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS.

 

Rechazo a los motivos de nulidad


La sentencia, con ponencia del magistrado Fernando Román, desestima todos los motivos de nulidad alegados por la Junta, incluyendo la supuesta falta de informe del Consejo Nacional del Agua y la omisión de procesos de concertación. Según el TS, el informe del Consejo fue emitido válidamente y el procedimiento cumplió con las instrucciones metodológicas de planificación hidrológica.

 

Además, el tribunal considera que no se vulnera la jerarquía normativa, ya que el régimen de caudales ecológicos respeta la normativa vigente, vinculando al resto de aprovechamientos y explotaciones excepto el abastecimiento a poblaciones. La sentencia también descarta que el caudal ecológico infrinja regulaciones previas del trasvase Tajo-Segura.

 

Impacto en el Levante español


La Junta de Andalucía había argumentado que el Real Decreto provocaría un "gran perjuicio para el Levante español" y solicitaba revertir la medida, sumándose así a las acciones judiciales de la Comunidad Valenciana y la Región de Murcia. Sin embargo, el Supremo ha considerado que los elementos técnicos y metodológicos aportados justifican plenamente la fijación de los caudales.

 

Un precedente legal clave


La resolución del TS valida la gestión hidrológica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, consolidando el aumento del caudal ecológico como una decisión respaldada técnica y jurídicamente. Este fallo establece un precedente importante para futuros conflictos sobre la distribución del agua en España.

 

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